Perú abre la puerta al Banking as a Service

80
  • Perú abre la puerta al Banking as a Service: la SBS fija las reglas para que fintech y apps ofrezcan crédito, cuentas y pagos
  • La Superintendencia publicó el reglamento que regula el modelo BaaS, un paso clave dentro de la Hoja de Ruta del Sistema de Finanzas Abiertas del país

Perú abre la puerta al Banking as a ServicePerú dio un paso decisivo hacia la apertura de su sistema financiero. La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó y publicó el reglamento que habilita formalmente el modelo Banking as a Service (BaaS), mediante el cual bancos y emisores de dinero electrónico podrán ceder su infraestructura regulada a empresas tecnológicas —supervisadas o no— para que estas ofrezcan cuentas, créditos, pagos y transferencias directamente desde sus propias aplicaciones.

La norma, oficializada mediante la Resolución SBS N.° 01747-2026 y publicada en el Diario Oficial El Peruano, se inscribe dentro de la Hoja de Ruta del Sistema de Finanzas Abiertas, la estrategia regulatoria con la que el supervisor peruano busca modernizar el sistema financiero, ampliar la competencia y avanzar hacia un esquema de open banking.

Qué habilita el nuevo reglamento

El BaaS permite que bancos y empresas emisoras de dinero electrónico (EEDE) pongan su infraestructura tecnológica y regulatoria a disposición de terceros —fintech, plataformas de e-commerce, apps de delivery o marketplaces— para que estos distribuyan productos financieros bajo su propia marca, sin que el usuario final tenga que pasar por una agencia bancaria tradicional.

En la práctica, esto significa que un usuario podrá abrir una cuenta, solicitar un crédito, realizar un pago o una transferencia desde una aplicación que no es un banco, pero que opera apoyada en la licencia y la infraestructura de una entidad regulada. El reglamento aplica tanto a empresas supervisadas por la SBS como a compañías tecnológicas que hasta ahora quedaban fuera de su alcance directo.

Quién responde frente al cliente

Uno de los puntos centrales del reglamento es la delimitación de responsabilidades dentro de la cadena BaaS. Aunque la experiencia de usuario y la gestión comercial puedan estar a cargo de una fintech o de una empresa tecnológica, la SBS estableció con claridad que la responsabilidad legal y operativa frente al cliente —y frente al propio supervisor— recae siempre en la entidad financiera que actúa como proveedora del servicio.

Este esquema busca resolver un vacío que existía hasta ahora: empresas tecnológicas intermediaban servicios financieros digitales sin un marco normativo específico, lo que generaba incertidumbre sobre a quién debía reclamar un usuario en caso de un problema. Con la nueva norma, el cliente mantiene la garantía de que una institución regulada responde por el producto, independientemente de la app o plataforma desde la que lo haya contratado.

El reglamento exige además que todos los participantes de la cadena —proveedores de infraestructura y distribuidores tecnológicos— cumplan con los estándares vigentes de seguridad de la información, gestión de riesgos, prevención de lavado de activos y conducta de mercado, y que se garantice transparencia hacia el usuario sobre quién presta efectivamente el servicio.

Un paso más hacia el open banking peruano

El desarrollo del modelo BaaS avanza en paralelo con la construcción del open banking en el país. La hoja de ruta de la SBS contempla que los usuarios puedan trasladar su historial financiero entre distintas entidades mediante APIs y autorizaciones digitales, revocables en cualquier momento, para acceder a mejores condiciones de crédito, cuentas u otros productos sin depender de una sola institución.

La combinación de ambos ejes regulatorios —BaaS y open banking— apunta a un objetivo compartido por buena parte de los supervisores financieros de la región: aumentar la competencia, reducir costos de intermediación y ampliar el acceso a productos financieros para segmentos de la población que tradicionalmente quedaban fuera del sistema formal.

El contexto: más de 100 actores en la mesa de trabajo

El reglamento no surgió de manera aislada. La SBS abrió una consulta pública en mayo de 2026, con la participación de más de 100 representantes de bancos, fintech y empresas tecnológicas, en un proceso orientado a alinear la norma con la evolución del mercado y con estándares internacionales de seguridad. Ese proceso de trabajo conjunto explica en parte por qué el reglamento final incorpora obligaciones específicas tanto para las entidades supervisadas como para los actores tecnológicos que operarán bajo este esquema sin estar bajo supervisión directa.

Una señal adicional: el apetito fintech por licencias propias en Perú

La publicación del reglamento BaaS coincide con un movimiento que viene tomando fuerza en el ecosistema fintech peruano: la búsqueda de licencias propias por parte de billeteras digitales que hoy operan apoyadas en infraestructura de terceros. Un caso ilustrativo es el de Lemon, la billetera de origen argentino con más de un millón de usuarios validados en Perú, que en julio de 2026 recibió de la SBS la autorización para organizar su propia empresa emisora de dinero electrónico (EEDE) en el país —hasta ahora, opera apoyada en una EEDE externa—. La compañía deberá aún obtener la autorización de funcionamiento antes de poder emitir dinero electrónico de forma directa.

Este tipo de movimientos anticipa cómo el nuevo marco regulatorio podría reconfigurar el mapa competitivo: algunas fintech optarán por avanzar hacia licencias propias, mientras que otras aprovecharán el esquema BaaS para distribuir productos financieros apoyándose en la infraestructura de bancos y EEDE ya establecidos, sin asumir directamente la carga regulatoria de operar como entidad supervisada.

Qué implica para el mercado

Para el sistema financiero peruano, el reglamento BaaS representa una vía formal para que la banca tradicional monetice su infraestructura regulatoria a través de acuerdos con terceros, al tiempo que abre la puerta a que más actores tecnológicos —desde plataformas de comercio electrónico hasta apps de movilidad o delivery— integren servicios financieros dentro de sus propios ecosistemas digitales.

Para las fintech y empresas tecnológicas, el marco reduce la incertidumbre regulatoria que existía hasta ahora y define con precisión bajo qué condiciones pueden operar sin necesidad de convertirse ellas mismas en entidades supervisadas. Y para el usuario final, la promesa es doble: más canales de acceso a productos financieros y la garantía de que, sin importar la app utilizada, una entidad regulada sigue siendo responsable de la calidad y seguridad del servicio.

Con este reglamento, Perú se suma a la tendencia regional de países que están construyendo marcos normativos específicos para el BaaS y el open banking, en una carrera regulatoria donde Colombia, México y otros mercados latinoamericanos también avanzan hacia esquemas de finanzas abiertas.

 

Datos clave

Norma Resolución SBS N.° 01747-2026
Publicación oficial 3 de julio de 2026, Diario Oficial El Peruano
Modelo regulado Banking as a Service (BaaS)
Marco general Hoja de Ruta del Sistema de Finanzas Abiertas
Consulta pública previa Iniciada en mayo de 2026
Actores consultados Más de 100 representantes del sector financiero y tecnológico
Responsable ante el usuario y la SBS Siempre la entidad financiera proveedora del servicio

LEAVE A REPLY

Please enter your comment!
Please enter your name here